4 de octubre de 2016

Recursos para elaboración de planes de prevención contra el acoso

El marco normativo marca el terreno para la organización y la planificación en los centros. Y establece el amparo jurídico para que los engranajes del sistema se articulen de modo que las responsabilidades inherentes al sistema educativo se lleven a efecto de forma ordenada, conceptualmente coherente, compartida, flexible y eficiente. Y estas características se hacen necesarias siempre. De modo singular en la respuesta a las situaciones que más afectan al corazón de las instituciones. Esas que lastran la convivencia entre sus miembros y la tornan insegura y quebradiza.

La acción planificada de los centros educativos es determinante en la prevención, detección e intervención de las situaciones de acoso escolar. Solo un conjunto de acciones integradas, planificadas y compartidas por la comunidad educativa puede convertirse en un marco pertinente y eficiente. Esta observación apela a principios esenciales de intervención de naturaleza preventiva, sumando acciones que, adecuadamente relacionadas, suponen la configuración de una tupida red protectora y promotora de prácticas de convivencia pacífica y de prevención de situaciones de violencia y maltrato entre iguales. Prevención en sus diferentes niveles, primaria, secundaria y terciaria.

El tratamiento del acoso escolar suele organizarse en el contexto de procesos de intervención marcadamente reactivos. La acción como respuesta a hechos que afloran o son denunciados se convierte, probablemente y sin perjuicio de la existencia de prácticas de naturaleza más preventiva, en el modelo más habitual de atención a este tipo de situaciones.

Preocupa el fenómeno por la evidencia de las consecuencias y el dolor y sufrimiento que llega a generar en las víctimas; pero también preocupa por su frecuente invisibilidad; o por la alarma social que provoca; también por sus frecuentes recidivas, o por los efectos indeseados e inesperados secundarios a la respuesta desarrollada; y por la reacción inadecuada de algunos agresores; pero también, en ocasiones, preocupa el fenómeno por la inexperiencia o falta de formación para su tratamiento; e, incluso, así es manifestado, por la ausencia de referentes y pautas de actuación claras y regladas.

Las acciones más efectivas en la lucha contra el acoso escolar deben partir de principios y procedimientos de intervención integrados en un plan global, compartido por toda la comunidad educativa y desarrollado por agentes organizados en estructuras pensadas para el objetivo pretendido. Algunas de ellas, ya existentes en los entramados organizativos de los centros educativos; otras, por el contrario, específicamente diseñadas.


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José Antonio Luengo Latorre es Catedrático de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Orientación Educativa. Es Decano-Presidente del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid y Vicepresidente primero del Consejo General de la Psicología de España. Licenciado en Psicología. Habilitado como Psicólogo Sanitario por la CM y experto en Psicología Educativa y en Psicología de la actividad física y del deporte (Acreditación del Consejo General de la Psicología de España).. Desde octubre de 2002, ocupó el cargo de Secretario General de la Oficina del Defensor Menor en la Comunidad de Madrid y desde julio de 2010 fue el Jefe del Gabinete Técnico del Defensor del Menor, hasta la supresión de la Institución, en junio de 2012. Ha sido profesor asociado de la Facultad de Educación de la UCM y de la UCJC. Es profesor invitado en la Facultad de Educación de la Universidad Camilo José Cela de Madrid. En la actualidad es psicólogo de la Unidad de Convivencia. Coordinador del Equipo de apoyo socioemocional, dependiente de la Subdirección General de Inspección Educativa de la Consejería de Educación de la CM. Twitter: @jaluengolatorre

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